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Esta Política tiene su fundamento, primero, en la Ley de Bases del Medio Ambiente (Ley 19.300), que señala la importancia de privilegiar acciones de inventario y fiscalización en especies consideradas extinguidas, en peligro de extinción, vulnerables, raras e insuficientemente conocidas, con el objetivo de mejorar, conservar y preservar; segundo, en la Convención de Biodiversidad, ratificada por Chile, que indica la necesidad de promover la recuperación de especies amenazadas; tercero, en la Estrategia Nacional de Biodiversidad, aprobada por el Consejo Directivo de Comisión Nacional del Medio Ambiente en Diciembre de 2003 y su Plan de Acción País aprobado en 2004 y, finalmente, en el marco institucional y regulatorio vigente, en particular el Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres, contemplado también en la Ley 19.300.
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